Declaración de accesibilidad

 

 

Nutrition& Santé se compromete a hacer que sus sitios web sean accesibles de conformidad con el artículo 47 de la ley n.º 2005-102, de 11 de febrero de 2005.

Con este fin, Nutrition & Santé aplica la estrategia y las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas de accesibilidad vigentes].

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web Bimanan.com.

 

Estado de conformidad

El sitio web Bimanan (www.bimanan.com) no cumple con el referencial general de mejora de la accesibilidad, RGAA versión 4.1, debido a la ausencia de auditoría.

Se realizará una auditoría del sitio web en las próximas semanas.

Elaboración de esta declaración de accesibilidad

Esta declaración se elaboró el 30/09/2025. Se actualizó el 30/09/2025.

Comentarios y contacto

Es importante recordar que, en virtud del artículo 11 de la ley de febrero de 2005:

«las personas con discapacidad tienen derecho a una compensación por las consecuencias de su discapacidad, independientemente del origen y la naturaleza de su deficiencia, su edad o su modo de vida».

Bimanan se compromete a tomar las medidas necesarias para facilitar, en un plazo razonable, el acceso a la información y las funcionalidades que buscan las personas con discapacidad, independientemente de que el contenido sea objeto de una excepción o no.

Bimanan invita a las personas que encuentren dificultades a ponerse en contacto con ella a través del formulario específico: Contáctenos para que se les pueda prestar asistencia (alternativa accesible, información y contenido proporcionados en otro formato).

Procedimiento

Este procedimiento se utilizará en los siguientes casos:

Ha informado al administrador del sitio web de una falta de accesibilidad que le impide acceder a alguno de los contenidos o servicios del portal y no ha recibido una respuesta satisfactoria.

Puede presentar una reclamación contra la respuesta a una solicitud de información accesible o queja relacionada con la accesibilidad de estos sitios web (artículo 13 del RD 1112/2018) cuando:

  • Su solicitud o queja hubiera sido desestimada
  • No estuviera de acuerdo con la decisión adoptada
  • La respuesta no cumpliera con los requisitios contemplados en el artículo 12.5 del Real Decreto 1112/2018
  • Hubiera transcurrido el plazo de veinte días hábiles

La reclamación puede presentarse utilizando cualquiera de las opciones previstas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Pago seguro Visa / Mastercard